El Poder Judicial está encarnado por los Jueces y Tribunales, a quienes la Constitución atribuye la potestad, derivada de la soberanía del Estado, de aplicar el Derecho a los casos particulares resolviendo de modo definitivo e irrevocable cualquier controversia de carácter jurídico. La Constitución Española de 1978 le dedica el Título VI: Del Poder Judicial (artículos 117 a 127). A su vez, la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial establece la organización integral del mismo.