La Constitución Española de 1978, en el Título
I "De los derechos y deberes fundamentales", establece
cuáles son los derechos fundamentales, los deberes y las libertades de los
españoles (dentro y fuera de España) y los residentes extranjeros en España.
Estos derechos y libertades el son fundamento del orden político español. Su
interpretación ha de estar de acuerdo con la Declaración Universal de los
Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas
materias ratificados por España, como el Protocolo Facultativo de la
Convención de los Derechos del Niño, el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Internacional para la
protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.